Hasta 7000€ de subvención

Si eres autónomo, el tiempo corre!

AYUDAS 2024

Programa bono de las personas autónomas 2024

Ayuda a las personas trabajadoras autónomas para impulsar la mejora de la competitividad de su actividad empresarial.

Quién puede solicitar la ayuda?

  • Las personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA o en una mutualidad de colegio profesional, con una antigüedad superior a 42 meses de actividad ininterrumpida, con un rendimiento neto reducido declarado en el IRPF del 2022 inferior a 50.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros (IVA incluido), en la declaración correspondiente al 2022.

  • Las sociedades de cualquier tipo y comunidades de bienes que tengan una persona autónoma socia con una antigüedad superior a 42 meses ininterrumpidos, con una facturación mínima anual de 12.000 euros (IVA incluido) y una base imponible en el Impuesto sobre Sociedades en el año 2022 o una suma de rendimientos netos reducidos en la declaración anual informativa de las entidades en régimen de atribución de rentas inferior a 50.000 euros.

Cuál es la intensidad de la ayuda?

Ayuda del 60% de la inversión hasta un máximo de 7000€.

Los gastos deben haberse realizado y pagado efectivamente entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud. Son subvencionables los siguientes tipos de inversiones:

  • Compra de maquinaria
  • Compra/instalación para la mejora de la eficiencia energética
  • Sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos
  • Compra de utillaje y herramientas
  • Reforma del local del negocio
  • Equipamiento informático
  • Equipamiento de oficina/negocio
  • Rótulos
  • Aplicaciones informáticas, páginas web, aplicaciones móviles y redes sociales
  • Diseño de marca

Requisitos para solicitar la ayuda

Las personas beneficiarias deben de cumplir con:

  • Disponer de los libros contables, registros o documentos auditados exigidos por la legislación mercantil o sectorial.
  • Mantener el alta en el RETA o mutualidad durante un mínimo de 2 años desde la fecha de solicitud de la subvención.
  • Estar al día en sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, así como en la Seguridad Social, y no tener ninguna otra deuda pendiente con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Adoptar las medidas de difusión para dar publicidad al financiamiento público durante 12 meses, siguiendo el modelo de cartel disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que realice la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad o de control que realicen los órganos competentes, tanto autonómicos como estatales o comunitarios.